Conjeturas
Por
Francisco Cruz Angulo
Ante la andanada de críticas que le propinaron al diputado
priísta Gianni Ramírez por haber votado en contra de la iniciativa ciudadana “3
de 3” que más de 600 mil ciudadanos demandaron para que se hiciera pública la declaración
patrimonial, fiscal y de interés acudió el lunes pasado al noticiero nocturno
de XHKG “Al momento” con el fin de aclarar su posición y, según él brindarnos
una explicación “sencilla” del contenido de las 7 leyes reglamentarias del
Sistema Nacional Anticorrupción, específicamente la Ley secundaria de
Responsabilidades de los Servidores
Públicos, mejor conocida como ley “3 de 3”.
El Dip. Gianni alardeando de que fue uno de los legisladores
que mostró más preocupación para que se acatara el mandato ciudadano resumió en
inciso a, inciso b e inciso c lo que aprobó junto con el resto de sus compañeros
de partido la llamada Ley “3 de 3”.
Fue evidente que el diputado Gianni olvidó o porque a lo
mejor ni siquiera leyó la mencionada ley que los tres incisos a los que se refirió
corresponden al Artículo 29 y 32 de la antes mencionada ley.
Al referirse al Artículo 29 a la obligatoriedad de que todos
los servidores públicos deban presentar su declaración “3 de 3” lo que no dijo es
que solo serán del dominio público aquella información que ponga en riesgo su
seguridad personal y será un consejo ciudadano y luego un comité coordinador
relacionado con fiscalización y transparencia el que determine qué información
deba mantenerse en la secrecía y que otra deberá divulgarse públicamente.
En otras palabras la declaración “3 de 3” quedó en el plano
de la subjetividad y de la tramitología burocrática.
Al responder el por qué el Senado de la República y luego la
Cámara de Diputados aprobaron de última hora el Artículo 32 de la susodicha ley
de responsabilidades de que todas las personas físicas y morales que celebren
contratos o convenios de bienes y servicios con los tres órganos de gobierno deberán
presentar su declaración “3 de 3”, el ex secretario de Obras Públicas del
Gobierno Estatal justificó que en los actos de corrupción también están involucrados
los empresarios y que si éstos exigen transparencia pues entonces también están
obligados a declarar el origen de sus recursos.
Cuando su entrevistador le expresó que el Artículo 32 tal y
como quedó redactado implicaría que no solo los empresarios serían Entes
obligados sino que también estudiantes becarios, beneficiarios de los programas
sociales como apoyo al adulto mayor, a mujeres solteras y miles y miles de
beneficiarios del programa PROSPERA, saliéndose por la tangente solo replicó
que todos los beneficiarios de los programas sociales quedarían exentos de la
ley “3 de 3”. Se ve que nuestro flamante legislador no leyó bien el artículo en
cuestión seguramente porque estaba somnoliento a la hora de la votación.
Vamos a esperar que una vez que concluya su periodo como
diputado y asuma la dirección de varias de sus empresas de construcción haga
del conocimiento público cuál es su actual patrimonio familiar, su declaración fiscal
y si utilizó o no el puesto de secretario de Obras Públicas para presentar su
riqueza personal.
Por cierto, el sector empresarial exhortó al presidente
Enrique Peña a que reserve los artículos 29 y 32 de la Ley 3de3, con el fin de
precisar que la fiscalización a las empresas sea ejecutable sólo a directivos y
dueños de empresas, y no a los trabajadores o beneficiarios de programas
sociales, cuando haya contratos públicos, pues, de lo contrario, generará
incertidumbre jurídica.
Vale la pena destacar que salvo la mutilación de la
iniciativa ciudadana “3 de 3” hubo grandes avances en materia de la lucha en
contra de la corrupción.
Entre otras, la creación de la Fiscalía Especializada en
contra de la corrupción con autonomía respecto a la PGR, con personal y recursos
propios; a la Auditoría Superior de la Federación se le otorgaron más
facultades que consisten en fiscalizar, investigar y ejercer acción penal ante
el órgano jurisdiccional a los servidores públicos que incurran en diversos actos
de corrupción, no solo al término de cada ejercicio fiscal sino cuando algún
ciudadano u organización civil lo denuncie; reformas al Código Penal para que
no solo repare el daño al erario público sino que se sancione con cárcel en
delitos que antes se sancionaban administrativamente.
Es indudable que las 7 leyes reglamentarias del Sistema
Nacional Anticorrupción fue un gran paso
adelante, pero no lo suficiente como lo demandaron millones de ciudadanos
mediante su voto de castigo a los gobiernos corruptos en el proceso electivo
pasado del 5 de junio…